Expedientes Resueltos en el tercer trimestre de 2.024
- AMIL, San Mamede.
El Párroco solicita autorización para pavimentar el aparcamiento del Santuario de Amil.
Presupuesto: 7.538 €.
CONCEDIDO. (4-7-2024).
- CARRIL, Santiago.
El Párroco solicita autorización y subvención para arreglar el tejado de la iglesia parroquial.
Presupuesto: 60.959 €. Subvención: 6.100 €.
CONCEDIDO. (4-7-2024).
- FIGUEIRAS, Santa María.
Solicitan autorización para realizar obras de mantenimiento en 16 panteones del cementerio parroquial.
Presupuesto: 8.663 €.
CONCEDIDO. (4-7-2024).
- FORCAREI, San Martiño.
El Párroco solicita autorización y subvención del 50 % para limpiar una finca.
CONCEDIDO. (4-7-2024).
- LEIRA, Santa María.
Solicitan autorización para pintar el exterior de la iglesia parroquial.
Presupuesto: 5.747 €.
CONCEDIDO. (4-7-2024).
- NIVEIRO, San Vicenzo.
La Asociación de Vecinos solicita ampliación por 5 años del convenio firmado con el Arzobispado.
CONCEDIDO. (4-7-2024).
- OUZANDE, San Loorenzo.
La Asociación de Vecinos solicita autorización para construir 16 columbarios en el cementerio parroquial.
Presupuesto: 4.172 €.
CONCEDIDO. (4-7-2024).
- PONTEVEDRA, San Bartolomeu.
Solicitan autorización para sustituir la caldera de agua caliente de un piso de esta parroquia.
Presupuesto: 2.981 €.
CONCEDIDO. (4-7-2024).
- RIBEIRA, Santa Uxía.
El Párroco solicita autorización para ceder en precario a Cáritas un piso de esta parroquia, durante 5 años.
CONCEDIDO. (4-7-2024).
- SANTIAGO, Santa María.
Solicita autorización para colocar tres ventanas nuevas para evitar humedades.
Presupuesto: 5.758 €.
CONCEDIDO. (4-7-2024).
- SANTIAGO, San Xoán Apóstolo.
El Párroco solicita autorización y subvención para realizar obras de reparación en el tejado de la iglesia.
Presupuesto: 70.442 €. Subvención: 10.000 €.
CONCEDIDO. (4-7-2024).
- SANTIAGO, Santa María Salomé.
Solicita autorización y subvención para restaurar un retablo. Presupuesto: 30.250 €. Subvención: 3.000 €.
CONCEDIDO. (4-7-2024).
- VILARIÑO, San Tomé.
Solicita autorización y subvención para realizar obras de reparación en el tejado de la casa rectoral.
Presupuesto: 14.400 €. Subvención: 6.000 €.
CONCEDIDO. (4-7-2024).
- BUÑO, Santo Estevo.
El Párroco solicita autorización y subvención para realizar diversas obras en el antiguo teleclub.
Presupuesto: 33.880 €. Subvención: 4.000 €.
CONCEDIDO. (18-7-2024).
- FENE, Divino Salvador.
La organización Perla Mural Fest solicita autorización para realizar un mural en la medianera de un edificio contiguo a la propiedad de la Iglesia parroquial.
CONCEDIDO. (18-7-2024).
- MOURENTE, Santa María.
El Párroco solicita autorización y subvención para restaurar el retablo mayor.
Presupuesto: 15.972 €. Subvención: 1.600 €.
CONCEDIDO. (18-7-2024).
- AGUALADA, San Lourenzo.
El Párroco solicita autorización y subvención para limpieza de fincas. Presupuesto: 1.064 €. Subvención: 50 %.
CONCEDIDO. (1-8-2024).
- BANDO, Santa Eulalia.
El Párroco solicita autorización y subvención para limpieza de finca. Presupuesto: 1.160 €. Subvención: 50 %.
CONCEDIDO. (1-8-2024).
- BUGALLIDO, San Pedro.
El Párroco solicita autorización para realizar obras en la iglesia parroquial. Presupuesto: 98.000 €.
CONCEDIDO. (1-8-2024).
- BURGO, Santiago Peregrino (Pontevedra).
El Párroco solicita autorización para realizar obras en la iglesia parroquial. Presupuesto: 9.417 €. Subvención: 1.0000.
CONCEDIDO. (1-8-2024).
- GRIXALBA, San Xiao.
El Párroco solicita autorización para realizar obras en el cementerio.
CONCEDIDO. (1-8-2024).
- MARZOA, San Martiño.
Firma de Convenio entre el Concello de Oroso y el Arzobispado, para el uso compartido de la casa rectoral, durante 20 años.
CONCEDIDO. (1-8-2024).
- MIÑO, Santa María.
Arreglo del muro del cementerio parroquial. Presupuesto:
2.394 €.
CONCEDIDO. (1-8-2024).
- TRABA, Santa María.
El Párroco solicita autorización y subvención para limpieza de finca. Presupuesto: 907 €. Subvención: 50 %.
CONCEDIDO. (1-8-2024).
- XAVIÑA, San Tomé.
El Párroco solicita autorización y subvención para limpieza de finca. Presupuesto: 786 €. Subvención: 50 %.
CONCEDIDO. (1-8-2024).
- CASTRELO, Santa Mariña.
El Párroco solicita autorización y subvención para limpieza de varias fincas. Presupuesto: 7.018 €. Subvención: 50 %. CONCEDIDO. (5-9-2024).
- CODESO, Santa Baia.
El Párroco solicita autorización y subvención para realizar obras en la iglesia parroquial. Presupuesto: 23.759 €. Subvención: 10 %.
CONCEDIDO. (5-9-2024).
- COSPINDO, San Tirso.
El Párroco solicita autorización para realizar mejoras en la instalación eléctrica de la Capilla de Ponteceso, con cargo a los fondos depositados en la Administración Diocesana. Presupuesto: 4.754 €.
CONCEDIDO. (5-9-2024).
- LÉREZ, Divino Salvador.
El Párroco propone que se firme un contrato en precario con el fin de mantener limpia una finca.
CONCEDIDO. (5-9-2024).
- OÍNS, San Cosme.
El Párroco solicita autorización para realizar obras de reparación en el tejado y falso techo de la iglesia. Presupuesto: 7.963 €.
CONCEDIDO. (5-9-2024).
- PORTA, San Pedro.
El Párroco solicita autorización y subvención para restaurar la imagen del Sagrado Corazón de Jesús.
Presupuesto: 4.658 €. Subvención: 10 %.
CONCEDIDO. (5-9-2024).
- CANGAS E ILLAS CÍES, Santiago.
El Párroco solicita autorización y subvención para restaurar el Vía Crucis.
Presupuesto: 7.810 €. Subvención: 1.000 €.
CONCEDIDO. (26-9-2024).
- LEIRA, Santa María.
El Párroco solicita autorización para sustituir las ventanas de la iglesia parroquial con cargo a los fondos depositados en Administración Diocesana. Presupuesto: 1.553 €.
CONCEDIDO. (26-9-2024).
- LEIRA, Santa María.
El Párroco solicita autorización para limpiar la fachada de la iglesia parroquial con cargo a los fondos depositados en Administración Diocesana. Presupuesto: 3.509 €.
CONCEDIDO. (26-9-2024).
- ORAZO, San Pedro.
El Párroco solicita autorización para vender madera. Presupuesto: 2.600 € + IVA.
CONCEDIDO. (26-9-2024).
- OZA, Santa Baia.
El Párroco solicita autorización y subvención para realizar obras de reparación de filtraciones de agua en la iglesia parroquial.
Presupuesto: 5.566 €. Subvención: 750 €.
CONCEDIDO. (26-9-2024).
- ARNOIS, San Xiao.
Colocación de una reja en una puerta lateral del templo. Presupuesto: 800 €
CONCEDIDO (2-07-2024).
- ARANGA, San Paio
Restauración de un crucero dañado. Presupuesto: 1.754 €
CONCEDIDO (10-07-2024).
- CASTRO, Santa Baia
Restauración de la imagen de la Virgen del Rosario de la Capilla de los Remedios.
Presupuesto: 940 €
CONCEDIDO (10-07-2024).
- PORTELA, San Mamede
Restauración del conjunto de las imágenes de la Capilla de San Mauro de Barro.
Presupuesto: 3.855€ CONCEDIDO (29-07-2024)
- LAMAS, Santa María
Restauración del retablo mayor de la iglesia parroquial. Presupuesto: 20.733€
CONCEDIDO (11-10-2024)
2.- Certificados de donativos realizados a favor de la Iglesia Católica
Como ya será de su conocimiento, la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo en su Capítulo II establece el Régimen fiscal de las DEDUCCIONES por DONATIVOS, que en sus aspectos formales es posteriormente desarrollado en el Real Decreto 1270/2003 del Reglamento para la aplicación del Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, en concordancia con lo establecido en el Reglamento del I.R.P.F. y en los siguiente términos:
“Las entidades beneficiarias de donativos a que se refiere el artículo 55.3.b) de la Ley del IRPF deberán remitir una declaración informativa sobre los donativos recibidos durante cada año natural, en la que, además de sus datos de identificación, harán constar la siguiente información referida a los donantes:
- Nombre y apellidos.
- Número de identificación fiscal.
- Importe del donativo.
- Indicación de si el donativo da derecho a la aplicación de alguna de las deducciones aprobadas por las comunidades autónomas.
Donativos con derecho a deducción. Generarán derecho a desgravación fiscal las cantidades que reciba la IGLESIA
CATÓLICA, y en consecuencia la diócesis, las parroquias y otras circunscripciones religiosas, y los institutos de vida consagrada y sus provincias y sus casas.
Es preciso tener en cuenta que los donativos que se reciban por Caritas Parroquiales u otras entidades menores, carentes de personalidad jurídica, no están amparados en este régimen de exenciones a entidades no lucrativas, y para que ello sea posible se han de recibir por la Parroquia, Caritas Diocesana o entidades que cumplan los requisitos de la Ley.
Asimismo no gozan de este derecho los donativos que se reciban por el Párroco cuando actúa a título personal y no en nombre y representación de la PARROQUIA.
Requisitos de la donación. El donativo ha de cumplir los siguientes requisitos:
- La donación tiene que tener carácter de no reintegrable al donante e irrevocable, ni limitada por ninguna condición suspensiva o resolutoria, salvo el cumplimiento de los fines de la Iglesia Católica.
- Los fines han de ser los propios de la Iglesia Católica: culto, sustentación del clero, sagrado apostolado y ejercicio de la caridad.
- En casos específicos la donación puede ser aplicada a planes prioritarios de mecenazgo, que gozan de una mayor deducción fiscal y requieren tratamiento distinto.
Declaración informatizada. Esta declaración habrá de presentarse a la Agencia Tributaria en soporte informático y la
declaración en el caso de nuestra Diócesis debe ser con carácter centralizado, al operar todas las parroquias y entes diocesanos con el mismo C.I.F.
Como consecuencia de lo indicado anteriormente les detallamos las normas a seguir para el mejor cumplimiento de esta obligación tributaria, en la mejor defensa de los intereses de nuestros benefactores:
- IMPRESOS. Se utilizarán los talonarios de certificados por triplicado ya existentes y que pueden solicitar en Administración Diocesana, en tinta autocopiativa, de los que una vez cumplimentado en todos sus datos, se entregará el original al donante, la primera copia para envío a la Diócesis y la segunda copia para archivo en la parroquia.
Ha de observarse un especial cuidado al cubrir los datos del impreso, reflejando claramente y de forma legible los datos personales del donante y su N.I.F.
- PLAZO DE ENVÍO. Las copias de los certificados que se hayan emitido o emitan deberán remitirse dentro de los DIEZ PRIMEROS DÍAS del mes de enero del año 2025, siendo esta la fecha límite para su recepción. Se enviarán o entregarán en ADMINISTRACIÓN DIOCESANA, REFERENCIA
DONATIVOS, en sobre cerrado.
- SUSCRIPCIONES PERIÓDICAS. En los casos en que el donativo se realice mediante cuotas mensuales, trimestrales o semestrales, se emitirá un certificado por el importe total anual, con fecha 31 de diciembre de 2024.
- PLAZO PARA LA EMISIÓN DE CERTIFICADOS. A partir
del 31 de diciembre de 2024 no pueden emitirse certificados por
donativos recibidos en el año 2024, ya que no podrían incluirse en la declaración a realizar a la Administración Tributaria, y los donantes resultarían perjudicados ante la imposibilidad de desgravar.
En este punto debemos ser especialmente cuidadosos por cuanto la declaración del I.R.P.F. del año 2024 se realiza en los meses de abril, mayo y junio del 2025, y en ese momento estaríamos fuera de plazo para comunicar dicha información a la Administración Tributaria.
Adicionalmente, en este año 2024 la deducción fiscal para las personas físicas, con los límites legales establecidos, será:
- Los primeros 250 € de donativo tendrán una deducción del
80 % en la declaración del IRPF.
- El importe que exceda de 250 €, se beneficiará de una deducción del 40 %.
- Así mismo, tratándose de donativos realizados por personas físicas que hayan sido donantes en los tres últimos años, con cantidades iguales o mayores al año inmediatamente anterior, la deducción fiscal del importe que exceda de 250
€ será del 45 %.
De acuerdo con ello, se incrementan los beneficios fiscales de los donativos recibidos, siendo mayor para la gran mayoría de los fieles, dado que, y a modo de ejemplo, quien haya realizado una aportación de 250,00 €, se podrá beneficiar de una deducción fiscal de 200,00 € en su declaración del IRPF.
Como podrán deducir del contenido de la normativa fiscal, no puede ser obviada en modo alguno, y no hacerlo acarreará
molestias a aquellos de nuestros feligreses que deseen desgravar, en su declaración del I.R.P.F., el importe de los donativos realizados a la Iglesia Católica, que con la modificación normativa trasladada puede suponerles un perjuicio mayor en su declaración del IRPF, más aún, para aquellos donantes que con carácter plurianual mantienen sus aportaciones, pudiendo todo ello a futuro, perjudicar posibles nuevas ayudas y el mantenimiento de las existentes. La obligación de facilitar información es únicamente de los donantes que deseen acogerse en su declaración del I.R.P.F. a la desgravación.
Así mismo, rogamos encarecidamente se cumplan los plazos de remisión de los certificados a la administración diocesana, dado que el incumplimiento de los mismos, además de perjuicios a nuestros donantes puede acarrear sanciones de carácter tributario.
Manuel Ferreiro Méndez
Secretario