La publicación de una nueva edición en lengua española del Misal Romano, la IIIª de acuerdo con la reforma litúrgica del Concilio Vaticano II, ofrece una buena ocasión para examinar y mejorar nuestras celebraciones de la Eucaristía. No se trata, simplemente, de sustituir una edición por otra más moderna o actualizada sino de hacer un ejercicio de recepción consciente y responsable del libro que nos ofrece la Iglesia, depositaria y transmisora del “Sacramento de nuestra fe”, para que cumplamos el mandato del Señor al instituirlo (cfr. 1 Co 11, 23-26 y par.).
Con este motivo, la Comisión Episcopal de Liturgia al servicio de la Conferencia Episcopal Española, a la vez que ha preparado la nueva edición que en su día fue aprobada por la XCIV Asamblea Plenaria de los obispos celebrada del 19 al 23 de abril de 2010 y que ha obtenido la necesaria “recognitio” de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos con fecha de 8 de diciembre de 2015, desea ofrecer a los sacerdotes, a los responsables de la pastoral litúrgica en las distintas comunidades y a los fieles cristianos en general una consideraciones de carácter pastoral y espiritual en orden a una recepción más fructuosa y eficaz de la nueva edición del Misal Romano.
1. Breve referencia histórica del Misal Romano
La nueva edición que ve la luz, contiene la traducción oficial en lengua castellana del Missale Romanum promulgado el 3 de abril de 1969, Jueves Santo, por el beato Pablo VI y cuya tercera edición típica apareció en 2002 y, con algunas modificaciones, en 20081. Por tanto, no estamos ante un “nuevo misal”, expresión que se usa a veces pero que no es correcta, sino ante una nueva edición del ya existente. En su título: Misal Romano reformado por mandato del Concilio Vaticano II promulgado por S.S. el Papa Pablo VI y renovado por S.S. el Papa Juan Pablo II se hace referencia implícitamente a la reforma litúrgica promovida por el último concilio ecuménico así como a los papas que la han llevado a cabo en el ámbito de la celebración eucarística promulgando el libro litúrgico sin duda más importante después del Orden de lecturas de la Misa o Leccionario. El Missale Romanum del Vaticano II ya no contiene las lecturas de la Misa, tal y como sucedía en las ediciones precedentes, pero sigue siendo heredero directo del libro que promulgó el papa san Pío V en 1570 a instancias del Concilio de Trento siguiendo el modelo de lo que se conocía como misales plenarios, es decir, conteniendo a la vez las lecturas, las oraciones y prefacios, la plegaria eucarística y las antífonas para el canto.
Esta nueva edición del Misal Romano en castellano tiene lugar inmediatamente después de la publicación de los leccionarios que contienen la versión oficial bíblica de la Conferencia Episcopal Española, si bien los trabajos de revisión de la traducción del Misal se habían iniciado mucho antes, a instancias de la Instrucción sobre el uso de las lenguas vernáculas en la edición de los libros de la Liturgia Romana “Liturgiam Authenticam” (28-III-2001), que exige, tanto en las traducciones nuevas como en la revisión de las que ya estaban en uso, una mayor fidelidad literal a los textos originales respecto de las versiones realizadas en los primeros años de la reforma litúrgica en los que primaba el criterio de una cierta adaptación con vistas a una más fácil comprensión por los fieles.
La Comisión Episcopal de Liturgia, a través de su Secretariado y contando con la colaboración de los consultores y de numerosos expertos en Biblia, liturgia y lengua castellana, asumió esta tarea con el mayor interés y empeño tanto en lo concerniente a los textos bíblicos como a los demás textos, con dedicación preferente al Misal Romano. En efecto, el examen de las traducciones y los informes de los trabajos realizados han estado presentes en varias asambleas plenarias de la Conferencia Episcopal Española que, de manera parcial en ocasiones y, finalmente, de manera global ha aprobado estatutariamente los textos para ser enviados a la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos para la preceptiva recognitio.
2. El Misal Romano como testimonio de la Tradición de la Iglesia
El Misal es, después del Leccionario de la Palabra de Dios, el libro litúrgico más importante al contener los textos que han de usarse en la celebración de la Eucaristía. Se le ha denominado también Libro del altar, Libro del celebrante principal y Oracional de la Misa, acepciones que denotan aspectos parciales de un libro que fue surgiendo a partir de los antiguos sacramentarios romanos y occidentales que desembocaron en la edición unitaria y oficial promulgada por el papa san Pío V en 1570 y declarada obligatoria para el Rito Romano a instancias del Concilio de Trento. El Concilio Vaticano II ratificó estas características pero, fiel a su propósito de renovación de la vida litúrgica en la Iglesia (cfr. SC 21 ss.), propuso no solo conservar la sana tradición sino abrir también el camino a un progreso legítimo a partir de las formas ya existentes, estableciendo que se procediese previamente a “una concienzuda investigación teológica, histórica y pastoral acerca de cada una de las partes que se habían de revisar” (SC 23).
Esta decisión, que afectaba de manera directa a los libros litúrgicos (cfr. SC 25; 31; 38; etc.), fue aplicada cuidadosamente “según la primitiva norma de los santos Padres” (SC 50), procediéndose siempre a una cuidadosa investigación teológica, histórica y pastoral a fin de ga
rantizar la pureza doctrinal de los textos (SC 23). De este modo se recuperó buena parte del patrimonio eucológico de la liturgia romana beneficiándose de las modernas ediciones de los sacramentarios y de “los antiguos libros litúrgicos de España y de las Galias, que han aportado muchísimas oraciones de gran belleza espiritual, ignoradas anteriormente” (Ordenación General del Misal Romano [= OGMR], 8). Por este y otros motivos el Misal actual, “que testifica la ‘lex orandi’ de la Iglesia Romana y conserva el depósito de la fe transmitido en los últimos Concilios, supone al mismo tiempo un paso importantísimo en la tradición litúrgica” (ib., 19). En este sentido la Iglesia, fiel a su misión, ha actuado como el buen padre de familia “que va sacando de su tesoro lo nuevo y lo antiguo” (Mt 13, 52).
Por eso merece la pena conocer y estudiar a fondo el actual Misal Romano para percibir esta solicitud de la Iglesia, abierta también a las necesidades actuales de los fieles. Un ejemplo de esta solicitud lo ofrecen las Misas rituales y por diversas necesidades, en las que oportunamente se combinan lo tradicional y lo nuevo. En efecto, “mientras que algunas expresiones provenientes de la más antigua tradición de la Iglesia han permanecido intactas…, otras muchas expresiones han sido acomodadas a las actuales necesidades y circunstancias, y otras, en cambio, como las oraciones por la Iglesia, por los laicos, por la santificación del trabajo humano, por la comunidad de naciones, por algunas necesidades peculiares de nuestro tiempo, han sido elaboradas íntegramente, tomando ideas y hasta las mismas expresiones muchas veces de los recientes documentos conciliares” (OGMR 14).
Una contribución muy significativa del Misal Romano es la citada Ordenación general que aparece al comienzo del libro a modo de introducción del rito de la Misa. Inspirada en numerosos documentos del magisterio pontificio, su finalidad consiste en fundamentar teológica y pastoralmente la acción litúrgica y disponer su correcta realización estableciendo de manera detallada no solo el significado de las diversas partes y elementos de la celebración sino también la función de los ministerios que intervienen en ella. Al mismo tiempo ofrece las líneas básicas para instruir a los fieles en una consciente y fructuosa participa
ción en la Eucaristía (cfr. OGMR 5; 13; 18; etc.). En este sentido sobresalen por su alcance la Introducción y el capítulo primero de este documento, que tratan de la dignidad de la celebración eucarística y de su naturaleza en cuanto acción de Cristo y de la Iglesia y fuente de santificación para el sacerdote y para los fieles (cfr. OGMR 1-26). El estudio de todo el documento es una garantía para poder celebrar la Santa Misa según las orientaciones y las normas actuales de la Iglesia.
3. El Misal al servicio de la fe eclesial y de la vida cristiana
La Iglesia, desde los primeros tiempos, ha tenido conciencia de la trascendencia del mandato institucional de la Eucaristía (cfr. Lc 22, 12;1 Co 11, 24-25), de manera que “se ha considerado siempre comprometida por este mandato, al ir estableciendo normas para la celebración de la Eucaristía relativas a la disposición de las personas, de los lugares, de los ritos y de los textos” (OGMR 1). En este sentido el Misal es no solo testimonio de una tradición continuada y uniforme en lo substancial acerca del Misterio eucarístico, garantía de la fe inalterada, sino también del interés pastoral de la Iglesia para que los fieles de todos los tiempos accedan a la celebración con las mejores disposiciones personales participando en los ritos sagrados y comprendiendo los textos de modo que “no asistan a este misterio de fe como extraños y mudos espectadores, sino que comprendiéndolo bien a través de los ritos y oraciones, participen conscientes, piadosa y activamente en la acción sagrada, sean instruidos con la palabra de Dios, se fortalezcan en la mesa del Cuerpo del Señor, den gracias a Dios, aprendan a ofrecerse a sí mismos al ofrecer la hostia inmaculada no sólo por manos del sacerdote, sino juntamente con él” (SC 48; cfr. OGMR 17-19).
Por eso es del todo necesario que los responsables de la liturgia en las comunidades y los equipos de animación litúrgica se esfuercen en conocer a fondo el Misal con el fin de poner sus riquezas al alcance de todos los fieles. No hay que olvidar que todo libro litúrgico, promulgado por la autoridad competente de la Iglesia, es un testimonio de la lex orandi, la norma de la plegaria, expresión segura de la lex credendi, la norma de la fe, de manera que en ellos se conserva y se transmite el depósito de la fe no a la manera de las definiciones del Magisterio sino en forma de plegaria y aun en las indicaciones rituales que acompañan a los textos las rúbricas pero siempre como testimonio válido y seguro de la tradición eclesial. Esto quiere decir también que el modo de celebrar y de usar los textos puede condicionar la asimilación de la fe por los fieles que participan en la celebración. De ahí la apremiante llamada de atención que han hecho los últimos papas para que se observen fielmente las normas litúrgicas en la celebración eucarística, porque estas son “una expresión concreta de la auténtica eclesialidad de la Eucaristía… La liturgia nunca es propiedad privada de alguien, ni del celebrante ni de la comunidad en que se celebran los Misterios”.
Esta realidad movió a los Padres del Concilio Vaticano II a introducir las lenguas vernáculas en la liturgia, no solo en las lecturas de la palabra de Dios sino también en las oraciones y en los cantos (cfr. SC 36;39; 54; etc.), a la vez que invitaba a realizar la oportuna catequesis litúrgica acerca de los ritos y de los textos (cfr. SC 35; 56; 110; etc.), sin olvidar la importancia de la espiritualidad litúrgica (cfr. SC 12; 16; 17;94; etc.). Para facilitar este servicio a la fe y a la auténtica vida en Cristo de todos los fieles las traducciones de los libros litúrgicos han sido especialmente cuidadas. La edición del Misal que ahora ve la luz ofrece, en este sentido, una mayor fidelidad a los textos latinos de acuerdo con lo establecido por la Instrucción “Liturgiam Authenticam” como ya se ha indicado antes. Pero, evidentemente, para que los fieles puedan comprender y asimilar el contenido de las oraciones del Misal es preciso que quienes las pronuncien o canten lo hagan de manera clara, atentos a las cadencias y a la puntuación del texto, observando también la breve pausa que sigue a la invitación a orar (cfr. OGMR 51; 259).
Conviene recordar así mismo que los textos del Misal, especialmente los que aparecen en las secciones del Propio del Tiempo, del Santoral e incluso en las destinadas a las misas rituales, por diversas ne
cesidades, votivas o de difuntos, además de las plegarias eucarísticas y los prefacios, ofrecen una valiosa ayuda para meditar y profundizar en los distintos aspectos del misterio de Cristo y de la Iglesia siguiendo el año litúrgico, en las actitudes de la vida cristiana, en la visión evangélica de algunas realidades temporales, etc. Todos deberían ser conscientes de que los textos del Misal son muchas veces un eco de la palabra de Dios proclamada en las lecturas, aspecto que podría aprovecharse muy bien para las homilías en el curso del año o atendiendo a las circunstancias concretas de la vida de los fieles, especialmente de cara a la espiritualidad, al apostolado, etc.
4. Una leve pero importante modificación
Lo que acabamos de señalar acerca de los libros litúrgicos como testimonio y expresión orante (lex orandi) de la fe de la Iglesia (lex credendi), tiene una delicada y particular aplicación en las plegarias eucarísticas. Como todos saben, esta plegaria constituye el centro de la celebración de la Misa en cuanto acción de gracias y ofrenda del Sacrificio que el sacerdote eleva a Dios asociando a toda la asamblea de los fieles (cfr. OGMR 54). Por este motivo se recomienda al sacerdote celebrante que la pronuncie con voz alta y clara en consonancia con la importancia del texto, pudiendo cantarla, especialmente la parte central (cfr. OGMR 18-19).
Por otra parte, si la Iglesia pide un respeto reverencial a todo texto litúrgico, de manera que no es lícito cambiarlo o sustituirlo en todo o en parte, con mayor motivo esta norma ha de aplicarse a las plegarias eucarísticas y máxime a las palabras de la consagración. En efecto, con ocasión de la publicación de la IIIª edición oficial del Misal Romano en castellano, se hacen efectivas y obligatorias para todo el ámbito jurisdiccional de la Conferencia Episcopal Española las modificaciones mandadas introducir en su momento por el papa Benedicto XVI, a saber, la inclusión del nombre de san José en las plegarias eucarísticas IIª, IIIª y IVª –en la Iª ya estaba desde el 8 de diciembre de 1962– y la establecida por medio de una carta del cardenal Francis Arinze, Prefecto de
la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, a las conferencias episcopales4 que afecta a la traducción de las palabras “pro multis” (“por muchos”) y que ha de sustituir a la expresión “por todos los hombres” a la que estábamos acostumbrados. Esta última modificación pretende una mayor fidelidad a los textos originales del Nuevo Testamento (cfr. Mt 26, 28 y Mc 14, 25) y a la tradición litúrgica de la Iglesia latina. En este sentido, la expresión en uso no era realmente una traducción del texto sino una interpretación, explicable en el clima de los primeros años de la reforma litúrgica y sujeta, por otra parte, a la variabilidad del texto en las diferentes lenguas modernas.
Estas consideraciones, entre otras, motivaron la instrucción “Liturgiam authenticam” de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos de 28 de marzo de 2001 que pone en primer plano el principio de la correspondencia literal. Por tanto, invitamos a todos los sacerdotes a que reciban con espíritu de generosa obediencia esta variación y la expliquen a los fieles mediante una oportuna catequesis que señale, en primer lugar, el motivo por el que la palabra “muchos” sustituye a “todos los hombres”; y, en segundo lugar, la razón por la que se vuelve al sentido original bíblico. Recuérdese, por ejemplo, que las palabras del Señor hacen referencia también a “vosotros”, es decir, a los presentes, ampliándose después el alcance de la salvación al que aluden las palabras del Señor. El “por vosotros” se proyecta sobre el “muchos” de manera inmediata y, ciertamente, está abierto a “por todos los hombres”5.
5. Nuestra actitud como ministros de la Eucaristía
Todo lo anterior atañe de manera particular a quienes en virtud del sacramento del Orden hemos sido consagrados para el ministerio sacerdotal en cuyo centro se encuentra la Eucaristía, fuente y culmen de
la vida cristiana y de toda nuestra actividad evangelizadora y pastoral (cfr. SC 10; PO 5). A cada uno se nos dijo en nuestra ordenación cuando nos entregaron el pan y el cáliz: “Recibe la ofrenda del pueblo santo para presentarla a Dios. Considera lo que realizas e imita lo que conmemoras, y conforma tu vida con el misterio de la cruz del Señor” (Rito de la ordenación de presbíteros). Estas palabras contienen una llamada a vivir la celebración del Sacrificio eucarístico con una profunda espiritualidad, conscientes del don que hemos recibido, procurando que la Eucaristía sea en verdad el centro y el fundamento de nuestra jornada y de todas nuestras actividades apostólicas de manera que están unidas a ella y hacia ella se ordenen (cfr. PO 5; 18). De ahí que la liturgia, en cuanto ejercicio del sacerdocio de Jesucristo (cfr. SC 7), constituya el ámbito en el que hemos de tener particular conciencia de que somos ministros de Cristo y dispensadores de los misterios de Dios (cfr. 1 Co 4, 1).
Esta actitud nos ayudará a observar las normas litúrgicas con especial amor y respeto, en la certeza de que esta fidelidad redundará en bien de los fieles, los cuales tienen derecho a participar en las celebraciones tal como las quiere la Iglesia, y no según los gustos personales de cada ministro como tampoco según particularismos rituales no aprobados o expresiones de grupos, que tienden a cerrarse a la universalidad del pueblo de Dios6. No en vano las normas del Misal que regulan especialmente la celebración de la Eucaristía son expresión y garantía de eclesialidad, testimonio de amor hacia el Misterio eucarístico y medio de ayuda eficaz en orden a la participación de los fieles puesto que “el ‘ars celebrandi’ es la mejor premisa para la ‘actuosa participatio’”.
Ahora bien, para que se realice este ideal es necesario conocer bien el Misal y usarlo como quiere la Iglesia, es decir, como testimonio de una fe inalterada y de una práctica que ha ido asumiendo con el paso del tiempo la experiencia viva de las sucesivas generaciones cristianas que se han esforzado en ser fieles al mandato institucional del Señor en la última Cena cuando dijo: “Haced esto en memoria mía” (Lc22, 19; cfr. 1 Co 11, 24-26). El buen uso del Misal comprende no solo ser fieles a lo que pide la liturgia del día, especialmente en las solemnidades, fiestas, memorias obligatorias y ferias de los tiempos litúrgicos de adviento, navidad, cuaresma y cincuentena pascual, sino también cuando la liturgia deja la elección del formulario de la Misa y de algunos elementos al criterio del sacerdote. La Ordenación general del Misal contiene un amplio capítulo, el VII, en el que describe y recomienda esta posibilidad invitando a que atienda “más al bien espiritual común del pueblo de Dios que a su personal inclinación” (OGMR 352; cfr. 353-367). En este sentido conviene elegir una u otra de las plegarias eucarísticas que ofrece el Misal y no limitarse, la mayoría de las veces por razones de brevedad, a usar la segunda (cfr. OGMR 365). Precisamente por este motivo la nueva edición del Misal ha colocado las denominadas Plegarias eucarísticas “de la Reconciliación” y Plegarias eucarísticas que pueden usarse en las Misas por diversas circunstancias y las plegarias eucarísticas para las misas con niños en apéndice a continuación del Ordinario de la Misa donde figuran las cuatro principales.
El sacerdote, cuando preside la celebración de la Eucaristía, ha de ser consciente de que su función consiste, ante todo, en actuar en todo momento “en la persona de Cristo y en nombre de la Iglesia”, según la expresión clásica8, elevando al Padre la plegaria y la ofrenda del pueblo santo, y tratando de ser instrumento dócil en las manos del Señor para la santificación de la comunidad eclesial. El Concilio Vaticano II recordó expresamente que “los presbíteros enseñan a los fieles a ofrecer al Padre en el sacrificio de la Misa la Víctima divina y a ofrendar la propia vida juntamente con ella” (PO 5).
6. Conclusión: unidad y armonía entre la “lex orandi” y la “lex credendi”
Por los mismos motivos, es fundamental que todos los ministros de la liturgia estén convencidos también de la importancia que tiene el vínculo intrínseco existente entre la lex orandi y la lex credendi de la Iglesia, es decir, entre la norma de la liturgia y la norma de la fe, principio del que se derivan algunas consecuencias prácticas. Por eso la Iglesia, a la vez que ha expuesto con sumo cuidado y autoridad, a lo largo de los siglos, la doctrina eucarística, ha cuidado siempre con el mayor esmero la celebración de la Eucaristía. Ella misma no tiene ninguna potestad sobre aquello que ha sido establecido por el mismo Cristo, y que constituye la parte inmutable de la liturgia (cfr. SC 21). De hecho la celebración de la Eucaristía está estrechamente ligada con la doctrina de la fe, de manera que la verdad de la fe no se transmite sólo con palabras sino también con los signos y el conjunto de los ritos litúrgicos. En este sentido el rito actual de la Misa ha sido cuidadosamente propuesto en el Misal para expresar y vivir el Misterio eucarístico en su incomparable belleza y dignidad y teniendo en cuenta su importancia esencial para la vida cristiana.
La Comisión Episcopal de Liturgia, al ofrecer estas consideraciones al alcance de de los pastores y de los fieles con ocasión de la publicación de la tercera edición oficial del Misal Romano en castellano, desea facilitar su recepción responsable y eficaz en todas las comunidades eclesiales, consciente también de la función que atañe no solo a los trabajan en la pastoral litúrgica sino a todos los que tienen alguna responsabilidad en la formación de la fe y en su celebración. Por eso considera que el modo más adecuado para profundizar en el misterio de la salvación y, particularmente, en la Eucaristía, “sacramento de piedad, signo de unidad, vínculo de caridad”9, pasa necesariamente por un doble compromiso de todos los pastores a propósito del Misal: ofrecer una adecuada catequesis mistagógica que ayude a descubrir el sentido de
los gestos y de las palabras de la liturgia y realizar una esmerada celebración que ayude a los fieles a pasar de los signos al misterio centrando en él toda su existencia.
Madrid, a 20 de abril de 2016. Durante la CVII Asamblea Plenaria de la CEE
+ Julián López Martín, Obispo de León y Presidente de la Comisión Episcopal de Liturgia
+ Jesús Murgui Soriano, Obispo de Orihuela-Alicante
+ Román Casanova Casanova, Obispo de Vic
+ José Leonardo Lemos Montanet, Obispo de Ourense
+ Ángel Fernández Collado, Obispo Auxiliar de Toledo
+ Joaquín Carmelo Borobia Isasa, Obispo Auxiliar Emérito de Toledo.