NOS, EL DOCTOR DON JULIÁN BARRIO BARRIO, POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SEDE APOSTÓLICA, ARZOBISPO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA,
Por cuanto en la Parroquia de San Miguel Arcángel de A Coruña, erigida por Decreto del Arzobispado de Santiago de Compostela en fecha 1 de enero de 1976, la no existencia de templo parroquial, el desarrollo de las actividades pastorales en un local alquilado y el escaso número de habitantes de la misma que se han integrado en la vida parroquial, aconsejan suprimir dicha parroquia e incorporar su territorio a las parroquias vecinas;
Tramitado conforme a derecho el correspondiente expediente canónico, vistos los informes favorables de los Rvdos. Sres. Curas Párrocos afectados, del respectivo Sr. Arcipreste y del Ilmo. Sr. Vicario Episcopal, y oído el parecer del Consejo Presbiteral (c. 515 § 2°) que, en sesión de fecha 1 de junio de 2017, emitió su voto favorable;
Por las presentes, venimos de decretar y DECRETAMOS LA SUPRESIÓN DE LA PARROQUIA DE SAN MIGUEL ARCÁNGEL DE A CORUÑA, e incorporamos su territorio a las parroquias vecinas de San Antonio, Santa Margarita y San Francisco Javier.
El presente Decreto entrará en vigor a las cero horas del lunes 19 de junio de 2017, previa lectura que se hará en las Misas que se celebren en las iglesias parroquiales de San Antonio, Santa Margarita y San Francisco Javier, y se archivará copia autenticada de este decreto en sus Archivos Parroquiales.
Dado en Santiago de Compostela, el día diecisiete de junio de dos mil diecisiete.
+ Julián Barrio Barrio,
Arzobispo de Santiago de Compostela.
Por mandato de Su Excia. Rvdma.
Elisardo Temperán Villaverde,
Canciller-Secretario